Artículo 7°—El PNCB. estará ubicado en la Secretaría
Ejecutiva del SINAC. Es una instancia técnica nacional que coordina la gestión
del Programa. lidera y articula las acciones e iniciativas con diferentes
actores y sectores para promover y posicionar los Corredores Biológicos
oficializados por el SINAC en el país.
Sus funciones
serán:
1. Promover
alianzas estratégicas para la gestión de los CB.
2. Capacitar a
los coordinadores regionales.
3. Elaborar las
bases de la planificación estratégica y de la gestión de los corredores
biológicos.
4. Desarrollar un
informe anual del estado de los CB que incluya la evaluación de la gestión
5. Dar
seguimiento y acompañamiento a la gestión de los Comités Locales de los Corredores
Biológicos. Mismas que deben ejecutarse en conjunto con las Arcas de Conservación
del SINAC.
Este programa
estará a cargo de un Coordinador del PNCB con un equipo de profesionales que
dirijan, faciliten, posicionen. promuevan y acompañen acciones nacionales para
consolidar los corredores biológicos.
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