Artículo 8°—El
Programa Regional en cada
Área de Conservación es una instancia técnica que coordina la gestión de los CB
a nivel regional, Cumple el papel de facilitador y enlace con los Comités
Locales de Corredores Biológicos y las instituciones, las organizaciones
locales. las ONG y las agencias de cooperación.
Sus funciones serán:
a) Promover y
posicionar el terna de los Corredores Biológicos. tanto a lo interno del Área
de Conservación corno con la sociedad civil.
b) Dirigir la
elaboración de la planificación estratégica. aplicar la herramienta de monitoreo
y evaluación de la gestión de los CB.
c) Conformar y
capacitar a los CLCB
d) Informar al
PNCB sobre la gestión de los CB y sobre la composición de los CLCB.
e) Promover
alianzas estratégicas.
f) Otras
funciones que asigne el Programa Nacional de Arcas de Conservación.
Cada Área de
Conservación cii la medida de sus posibilidades asignará personal, presupuesto
y recursos operativos necesarios para su funcionamiento. así como para la ejecución
de los planes de gestión de cada CB.
El programa
regional estará a cargo de un Coordinador (a) Regional. que coordinará con los
enlaces de CB para facilitar y acompañar las acciones regionales de los
corredores biológicos que coordinara con el PNCB.
Cada CB tendrá un
enlace de CB encargado de la gestión local del mismo ubicado en las Oficinas
Auxiliares de las Áreas de Conservación o Administración del Área Silvestre
Protegida directamente relacionado con el corredor, este responsable del SINAC
facilitará y apoyará el trabajo del CLCB.
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