Artículo 13.—Sobre el Procedimiento de los Avalúos.
Todo predio sobre el que autorizará su uso deberá contar con un avalúo
realizado por la oficina de Valoraciones y Bienes Inmuebles de la Municipalidad
de Garabito conforme al Decreto Nº 37278-MP-H-T-DDL, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 153 viernes 12 de octubre del 2012, el cual
constituirá la base del canon a que hace referencia el presente Reglamento, e
incluirá los siguientes conceptos:
a)
Área,
b)
Cálculo basado en la tabla de Valores de Terrenos por Zona Homogéneas del
Órgano de Normalización Técnica del Ministerio de Hacienda (ONT) vigente,
c) Tipo
de uso.
d)
Ubicación georeferenciada.
e)
Nombre del solicitante.
f)
Memoria de estimación de valor.
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