Disposición transitoria única. Definición de umbrales y metodologías de
medición. En un plazo máximo de seis meses calendario, contados a partir de la
publicación en Gaceta del presente reglamento, el Consejo de SUTEL
publicará la resolución en la cual se establecen los umbrales de
cumplimiento para cada uno de los indicadores de calidad establecidos en
este reglamento, así como la resolución mediante la cual se establecen las
metodologías de
medición aplicables a los indicadores de calidad.
2. Tener como respuesta a los opositores que participaron en la audiencia
pública realizada, lo señalado en el oficio 07865-SUTEL-DGC-2016 del 21 de
octubre de 2016 y agradecer a los opositores su valiosa participación en este
proceso.
3. Instruir a la Superintendencia de Telecomunicaciones para que proceda a
notificar el oficio 07865- SUTEL-DGC-2016, donde constan las respuestas a las
oposiciones presentadas en la audiencia pública.
4. Instruir a la Secretaría de Junta Directiva para que proceda a realizar
la respectiva publicación del “Reglamento de Prestación y Calidad de
Servicios”, en el diario oficial La Gaceta.
5. Encargar a la Secretaría de Junta Directiva para que proceda a realizar
la notificación de la presente resolución a las partes.
6. Comunicar al Consejo de la Sutel la presente resolución.
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