Artículo 9.- Competencias de la Secretaría Técnica. La Secretaría
Técnica tendrá las siguientes competencias:
a) Proponer
directrices para la efectiva implementación de la Agenda 2030 y los ODS, las
cuales serán aprobadas por el Consejo.
b) Convocar las reuniones
del Consejo y elaborar las actas correspondientes.
c) Promover que las
metas de los ODS comprometidas por Costa Rica estén incorporadas en los
diferentes instrumentos de planificación, como políticas, planes, programas,
proyectos, así como en la presupuestación nacional, institucional, sectorial y
regional.
d) Fomentar la
participación de representantes del sector público, de la sociedad civil, de la
academia, del sector privado, de organizaciones internacionales, de organismos
no gubernamentales, de los gobiernos locales y personas expertas en temas
relacionados para lograr el cumplimiento delos ODS en Costa Rica.
e) Facilitar alianzas
público-privadas orientadas a alcanzar los ODS.
f) Implementar una
estrategia de seguimiento y evaluación de los ODS.
g) Establecer
mecanismos de rendición de cuentas para conocer sobre los avances y las brechas
en la implementación de las metas relacionadas con los ODS.
h) Elaborar informes
sobre los ODS que deba presentar Costa Rica ante las Naciones Unidas y otros
organismos internacionales y nacionales.
i) Organizar
estrategias de Comunicación para informar sobre los ODS y divulgar los avances
logrados.
j) Convocar una vez al
año a representantes de los Poderes del Estado, de las instituciones públicas,
de la sociedad civil, del sector privado, de las organizaciones internacionales
y de los gobiernos locales para participar en el Foro Nacional de los ODS.
k) Dar seguimiento a
los acuerdos del Consejo.
l) Realizar las
funciones que resulten derivadas del ejercicio de su competencia.