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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40203 >> Fecha 15/02/2017 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40203 - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6.- Funciones del Consejo. El Consejo tendrá las siguientes funciones:

a) Definir una política nacional de planificación, implementación y seguimiento de los ODS con enfoque prospectivo, integrando las dimensiones económica, social y ambiental de conformidad con las normas de Derechos Humanos y del Derecho Nacional e Internacional,

b) Establecer las medidas necesarias que permitan la asignación de recursos financieros para la implementación de los ODS.

c) Aquellas que resulten derivadas del ejercicio de su competencia.

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