Artículo 8.- Conformación de la Secretaría Técnica de los ODS. La Secretaría
Técnica estará conformada por una o un coordinador y un equipo de trabajo
interdisciplinario, todos ellos funcionarios de MIDEPLAN. La Secretaría Técnica
podrá convocar a otros funcionarios del sector público para consulta y
colaboración. La o el Ministro de Planificación Nacional y Política Económica
establecerá el funcionamiento de la Secretaría Técnica con el apoyo de las
Secretarías de Planificación Sectorial establecidas en el Reglamento Orgánico
del Poder Ejecutivo.
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