CAPÍTULO II
De los requisitos y procedimientos para aprobación de proyectos de
Plantas
de Tratamiento y Estaciones de Bombeo de Aguas Residuales.
Sección I
De los requisitos para la aprobación de proyectos de Plantas de
Tratamiento y
Estaciones de Bombeo de Aguas Residuales
Artículo 9º.- El trámite de aprobación de proyectos de Plantas de
Tratamiento de Aguas Residuales se dará en apego a lo dispuesto en la norma
técnica del AyA y el Reglamento de Aprobación de Sistemas de Tratamiento de
Aguas Residuales, ambos en su versión vigente. Adicionalmente, se deberán
aportar, en la plataforma digital Administrador de Proyectos de Construcción
(APC), administrada por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, los
siguientes requisitos:
I. Permiso de ubicación vigente de la planta de tratamiento de aguas residuales,
emitido por el Ministerio de Salud.
II. En el caso de plantas de tratamiento localizadas donde el ente administrador
del servicio de agua sea una ASADA, se deberá presentar la manifestación de
conformidad o visto bueno del estudio técnico de la planta de tratamiento de
aguas residuales por parte de la Subgerencia de Sistemas Comunales.
III. El proyecto final de la planta de tratamiento y obras conexas,
deberá ser elaborado de acuerdo con la norma técnica del AyA y según lo
indicado en el Reglamento de Aprobación de Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales.
En el caso de urbanizaciones y conjuntos residenciales deberá incluir además lo
siguiente:
1. Una caseta para el operador, según se detalla en el Reglamento de
Aprobación de Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales vigente. También se
deberá habilitar una
ducha y un espacio para guardar documentación y equipos. Adicionalmente,
la planta deberá contar con otros dos aposentos: uno para el vigilante (cuando
no se requiera deberá justificarse), y una bodega. Las aguas residuales de la caseta
deben verter en la entrada de la planta de tratamiento.
2. La caseta de máquinas debe incluir el equipo electromecánico, páneles
de control y tableros eléctricos. El equipo electromecánico no deberá estar
ubicado dentro de la caseta para el operador y vigilante. La caseta de máquinas
deberá cumplir con métodos constructivos y materiales adecuados para la debida
protección de los equipos, de acuerdo a las normas vigentes que apliquen, así
mismo deberá dotarse de ventilación adecuada para evitar el calentamiento
excesivo de los equipos.
3. Láminas con diseño eléctrico, indicando al menos: sistema de control,
sistema de potencia, sistema de puesta a tierra, y tabla con especificaciones
de equipos electromecánicos y elementos de control (marca, descripción, modelo
y número de parte).
4. Las unidades de tratamiento primario y secundario, sin importar el
tipo, deberá contar como mínimo, con dos módulos que operen en paralelo y que
permitan satisfacer de forma complementaria, o en su conjunto, la capacidad requerida
según diseño.
5. El sistema de iluminación externa deberá cumplir con una intensidad
suficiente para iluminar todo el perímetro de la propiedad como iluminación
general (al menos 100 lux) y las diferentes áreas de proceso y que requieren
labores en horario nocturno según el manual de operación y mantenimiento con un
grado mayor de agudeza visual como iluminación localizada (al menos 300 lux).
En el caso de las casetas de máquinas o equipos, se deberá cumplir con un grado
de iluminación de al menos 300 lux.
6. Memoria de cálculo completa del diseño Sanitario e Hidráulico que
permita verificar el dimensionamiento y selección de equipos electromecánicos,
de acuerdo a la normativa de diseño y construcción vigente. Adicionalmente, la
memoria de cálculo sanitaria deberá ser detallada, de forma tal que muestre no
sólo resultados intermedios y finales, sino también aspectos tales como:
suposiciones utilizadas para cada etapa, secuencia de cálculos, fórmulas, uso
de las fórmulas, referencias. No se recibirá memorias de cálculo escritas a mano,
aún cuando éstas hayan sido digitalizadas mediante foto o escaneo.
7. Manual de operación y mantenimiento de la planta de tratamiento y del
sistema de disposición final del efluente, elaborado de acuerdo con el
Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas de Tratamiento de Aguas
Residuales vigente. Se debe incluir la descripción del equipo básico para mediciones
rutinarias de parámetros fisicoquímicos del agua.
Además deberá mencionarse el equipo básico de mantenimiento según el
tipo de planta de tratamiento de aguas residuales, incluyendo el equipo de
limpieza.