Artículo 5º.- Siglas y acrónimos. Para efectos de interpretación
del presente Reglamento, se especifican las siguientes siglas y acrónimos:
APC: Administrador de Proyectos de Construcción del Colegio Federado de Ingenieros
y Arquitectos.
ASADA: Asociación Administradora de Sistemas de Acueductos y
Alcantarillados Comunales.
AyA: Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados.
GAM: Gran Área Metropolitana.
MINAE: Ministerio de Ambiente y Energía.
NEC: Código Eléctrico Nacional (por sus siglas en inglés National Electrical
Code).
NFPA: Asociación Nacional de Protección contra el Fuego (por sus siglas
en inglés National Fire Protection Association).
NIS: Número de Identificación del Servicio.
TEP-2: Trámite para Aprobación de Plantas de Tratamiento para Aguas
Residuales.
TREBAR-2: Trámite para Recepción de estaciones de bombeo de aguas
residuales de urbanizaciones y condominios para ser administradas, operadas y
controladas por el AyA, que se encuentren administradas por otras
instituciones.
TRPTAR-1: Trámite para Recepción de plantas de tratamiento de aguas
residuales de urbanizaciones y condominios para ser administradas, operadas y
controladas por el AyA, que se encuentren administradas por otras
instituciones, asociaciones o particulares.
UEN: Unidad Estratégica de Negocios.
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