Buscar:
 Normativa >> Directriz 1196 >> Fecha 14/02/2017 >> Articulo 1
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 1     >>
Normativa - Directriz 1196 - Articulo 1
Ir al final de los resultados
Artículo 1
Versión del artículo: 1  de 1

N° DM-SM-1196-2017

EL MINISTRO DE SALUD

En uso de las facultades que le confiere los artículos 140 de la Constitución Política; 25 inciso 2), 28 y 103 inciso 1) de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; 1, 2, 4 y 7 de la Ley N° 5395 del 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”; y 1 y 2 incisos b) y c) de la Ley N° 5412 del 8 de noviembre de 1973 “Ley Orgánica del Ministerio de Salud”.

Considerando:

1º—Que el Ministerio de Salud es la entidad gubernamental encargada de establecer directrices generales en materia de salud, procurando la promoción de la misma, al ser un derecho humano universal, y un bien de interés público tutelado por el Estado.

2º—Que con fundamento en lo anterior, es competencia de esta Cartera Ministerial, declarar de Interés Público y Nacional, eventos, actividades, proyectos y productos, que merezcan una distinción por parte de este Ministerio, por fortalecer un área técnica y profesional en materia de salud, y esté dirigido al personal de salud para contribuir al mejoramiento de la calidad y atención de problemas que afecten la salud de la población, con el fin de garantizar bienestar y proteger la salud de las personas.

3º—Que para promulgar la Declaratoria de Interés Público y Nacional el evento, la actividad, el proyecto o el producto deberá ser de índole educativo, dirigido a desarrollar los conocimientos, habilidades y actitudes del personal que labora en el Sistema Nacional de Salud de nuestro país o que estudia carreras relacionadas con ciencias de la salud o afines.

4º—Que para comunicar a las personas interesadas los requisitos para aplicar para una Declaratoria de Interés Público y Nacional en materia de salud, se considera necesario y oportuno emitir la siguiente Directriz, y así oficializar el formulario que se debe completar y presentar ante el Ministerio de Salud. Por tanto,

Se emite la siguiente,

DIRECTRIZ MINISTERIAL

Para la Oficialización del Formulario de Solicitud

de Declaratoria de Interés Público y Nacional

Artículo 1º—Se oficializa y comunica al público en general, el formulario de solicitud de Declaratoria de Interés Público y Nacional, adjunto en el anexo a esta directriz.

Ir al inicio de los resultados