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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40281 >> Fecha 13/03/2017 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40281 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5º - Las entidades públicas, los ministerios y los órganos desconcentrados, para la formulación de sus presupuestos, deberán contar con los Planes Operativos Institucionales, en adelante POI, reflejando las prioridades establecidas en sus Planes Estratégicos Institucionales, en adelante PEI, de manera que exista una adecuada articulación Plan Presupuesto en el marco de la GpRD.


 

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