Artículo
17.- Forma de rendir la garantía. La garantía será depositada en la Tesorería
Municipal. La garantía podrá otorgarse por medio de dinero en efectivo,
certificado de depósito a plazo y/o cheque certificado o de gerencia de un
banco del Sistema Bancario Nacional o por medio de una garantía bancaria. Se
deberá llevar copia a la Administración del Campo Ferial del recibo de la
garantía depositada para que el mismo sea archivado en el expediente del
arrendamiento.
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