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 Normativa >> Reglamento municipal 071 >> Fecha 06/03/2017 >> Articulo 19
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Normativa - Reglamento municipal 071 - Articulo 19
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Artículo 19
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CAPÍTULO III

OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES

Artículo 19.- Obligaciones de la Municipalidad. Para el adecuado funcionamiento del Campo Ferial, la Municipalidad deberá:

a. Dar mantenimiento al inmueble del Campo Ferial.

b. Velar por el aseo e higiene de las instalaciones, servicios sanitarios, pasillos y demás áreas comunes del Campo Ferial.

c. Equipar las instalaciones con basureros adecuados para las actividades que se realizarán en el Campo Ferial.

d. Mantener en funcionamiento y disponibles para el público en general servicios sanitarios.

e. Brindar el servicio de recolección y tratamiento de la basura hacia el relleno sanitario.

f. Impedir las ventas ambulantes o estacionarias sin licencia dentro y fuera de las instalaciones del Campo Ferial.

g. Elaborar y comunicar a las personas arrendatarias, mutuatarias y usuarias los planes de emergencia en caso de incendio o desastre natural.

h. Realizar inspecciones periódicas a fin de velar porque las normas mínimas de seguridad se cumplan.

i. Contar con pólizas de responsabilidad civil y siniestro para el Campo Ferial.

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