CAPÍTULO
III
OBLIGACIONES
Y PROHIBICIONES
Artículo
19.- Obligaciones de la Municipalidad. Para el adecuado funcionamiento del Campo
Ferial, la Municipalidad deberá:
a.
Dar mantenimiento al inmueble del Campo Ferial.
b.
Velar por el aseo e higiene de las instalaciones, servicios sanitarios,
pasillos y demás áreas comunes del Campo Ferial.
c.
Equipar las instalaciones con basureros adecuados para las actividades que se
realizarán en el Campo Ferial.
d.
Mantener en funcionamiento y disponibles para el público en general servicios
sanitarios.
e.
Brindar el servicio de recolección y tratamiento de la basura hacia el relleno
sanitario.
f.
Impedir las ventas ambulantes o estacionarias sin licencia dentro y fuera de
las instalaciones del Campo Ferial.
g.
Elaborar y comunicar a las personas arrendatarias, mutuatarias y usuarias los
planes de emergencia en caso de incendio o desastre natural.
h.
Realizar inspecciones periódicas a fin de velar porque las normas mínimas de
seguridad se cumplan.
i.
Contar con pólizas de responsabilidad civil y siniestro para el Campo Ferial.
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