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 Normativa >> Reglamento municipal 071 >> Fecha 06/03/2017 >> Articulo 24
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Normativa - Reglamento municipal 071 - Articulo 24
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Artículo 24
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Artículo 24.- Obligaciones y prohibiciones de las personas usuarias. Las personas usuarias del Campo Ferial tendrán las siguientes obligaciones y prohibiciones:

a. Mantener el orden público y observar buenas costumbres durante su permanencia en el inmueble.

b. No causar daños al inmueble.

c. Retirarse de las instalaciones una vez finalizada la actividad a la que asistió.

d. Colaborar con el aseo de las instalaciones y depositar los desechos en los basureros.

e. Acatar cualquier instrucción de la Administración del Campo Ferial u Oficial de Seguridad.

f. No clavar, pintar o sujetar al inmueble propaganda o agregar cualquier tipo de información en los muros, pisos, techos, y demás elementos del Campo Ferial.

g. Acatar las normas de seguridad que rigen en el inmueble.

h. Ingresar con animales, salvo que la naturaleza de la actividad requiera el acceso de estos seres, en este último caso la persona es responsable de recoger el excremento del animal.

i. Respetar la demarcación del estacionamiento de vehículos.

j. No fumar, según la Ley 9028, Ley General De Control Del Tabaco Y Sus Efectos Nocivos En La Salud.

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