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 Normativa >> Reglamento municipal 071 >> Fecha 06/03/2017 >> Articulo 29
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Normativa - Reglamento municipal 071 - Articulo 29
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Artículo 29
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Artículo 29.- Estañones. La municipalidad prestará a la Junta Nacional de Ferias del Agricultor un total de 20 estañones de plástico para promover en los productores y los consumidores la buena costumbre de botar la basura en el basurero y no tirarla al piso. Estos se prestarán limpios y en perfecto estado y deben ser devueltos en las mismas condiciones. Si alguno llegara a extraviarse o dañarse la Junta Nacional de Ferias deberá reponerlo.

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