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 Normativa >> Reglamento municipal 071 >> Fecha 06/03/2017 >> Articulo 5
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Normativa - Reglamento municipal 071 - Articulo 5
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Artículo 5
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CAPÍTULO II

ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Artículo 5.- Administración. La Municipalidad coordinará y resolverá todos los asuntos pertinentes del Campo Ferial, a través de la Administración la cual estará a cargo de una persona funcionaria de la Municipalidad, nombrada en el puesto de Administrador del Campo Ferial, quien tendrá las funciones establecidas en el Manual de Puestos y esta normativa, plena autoridad y responsabilidad sobre los demás funcionarios que laboren en el Campo Ferial, deberá velar por el cumplimiento de este Reglamento y los contratos de arrendamiento y préstamo, que los arrendatarios se mantengan al día con el pago del alquiler, posean las licencias necesarias, emitidas por la institución competente, para desarrollar su actividad o exposición, permiso al día de

funcionamiento del Ministerio de Salud, cuando sea necesario, y acaten las normas mínimas de seguridad.

En su ausencia, la labor estará a cargo del Superior inmediato de la Administración del Campo Ferial.

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