CAPÍTULO
II
ADMINISTRACIÓN
Y FUNCIONAMIENTO
Artículo
5.- Administración. La
Municipalidad coordinará y resolverá todos los asuntos pertinentes del Campo
Ferial, a través de la Administración la cual estará a cargo de una persona
funcionaria de la Municipalidad, nombrada en el puesto de Administrador del
Campo Ferial, quien tendrá las funciones establecidas en el Manual de Puestos y
esta normativa, plena autoridad y responsabilidad sobre los demás funcionarios
que laboren en el Campo Ferial, deberá velar por el cumplimiento de este
Reglamento y los contratos de arrendamiento y préstamo, que los arrendatarios
se mantengan al día con el pago del alquiler, posean las licencias necesarias,
emitidas por la institución competente, para desarrollar su actividad o
exposición, permiso al día de
funcionamiento
del Ministerio de Salud, cuando sea necesario, y acaten las normas mínimas de
seguridad.
En
su ausencia, la labor estará a cargo del Superior inmediato de la
Administración del Campo Ferial.
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