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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40227 >> Fecha 28/02/2017 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40227 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3 ° . -Adiciónense los artículos 9-bis y 9-ter al Reglamento de los Consejos Presidenciales de Competitividad e Innovación, Consejo de Competitividad, Consejo de Innovación y la Alianza para el Desarrollo Productivo y el Empleo, Decreto Ejecutivo N º 38662-MP-PLAN-MTSS del 8 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta número 215 del 7 de noviembre de 2014, textos que se leerán como sigue:

Artículo 9- bis-Creación de la Comisión de Productividad. Créase la Comisión de Productividad, que fungirá como un órgano técnico consultivo de apoyo a la gestión del Consejo de Competitividad y Productividad. La Comisión estará presidida por el Secretario Técnico del Consejo Presidencial de Competitividad e Innovación y estará integrada por un representante de alto nivel y con capacidades técnicas suficientes de las siguientes entidades:

a) Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).

b) Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC).

c) Ministerio de Comercio Exterior (COMEX).

d) Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT).

e) Ministerio de Hacienda.

f) Ministerio de Educación Pública.

g) Banco Central de Costa Rica (BCCR).

h) Consejo Nacional de Rectores.

Artículo 9-ter- Periodicidad de las reuniones y funciones. La Comisión de Productividad se reunirá ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cada vez que así se requiera y sea informado oportunamente a sus miembros. La Comisión tendrá las siguientes funciones:

a) Recomendar estrategias, políticas y acciones concretas para incrementar la productividad en Costa Rica, así como los mecanismos necesarios de coordinación para implementar estas recomendaciones por parte de todas las instituciones competentes.

b) Elaborar diagnósticos, encuestas, estudios y análisis técnicos en materia de productividad, que contribuyan a sustentar sus recomendaciones al Consejo de Competitividad y Productividad.

c) Trabajar en el diseño e implementación de las reformas necesarias para dar cumplimiento a las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en materia de mejoras en la productividad.

d) Cualquier otra relacionada con el tema de productividad y que le sea encomendada por el Consejo de Competitividad y Productividad.

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