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 Normativa >> Reglamento 1318 >> Fecha 20/03/2017 >> Articulo 14
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Normativa - Reglamento 1318 - Articulo 14
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Artículo 14
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Artículo 14. Presentación de resultados de la auditoría externa de TI. Las entidades supervisadas deben convocar, previa coordinación con el supervisor, una reunión de salida para la presentación de los resultados de la auditoría externa de TI.

El plazo otorgado para convocar la presentación de resultados de la auditoría externa será definido en los Lineamientos Generales.

El auditor externo de TI debe presentar los resultados de la auditoría externa de TI. Los contenidos mínimos de la presentación se establecen en los Lineamientos Generales.

En la presentación de resultados de la auditoría externa deben participar al menos las personas siguientes:

a) Los colaboradores que estimen las superintendencias.

b) El Gerente General de las entidades supervisadas.

c) El responsable de la unidad de TI, o similar, de las entidades supervisadas.

d) El auditor interno, cuando exista, de cada una de las entidades supervisadas.

e) El presidente del comité de vigilancia, cuando exista, de cada una de las entidades supervisadas.

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