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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40312 >> Fecha 23/03/2017 >> Articulo 15
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40312 - Articulo 15
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Artículo 15
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Artículo 15º- Tanto el Plan para la Atención Integral del Golfo de Nicoya, como la Unidad Coordinadora y Ejecutora, tendrán una vigencia de cinco años, la cual podrá ser                                                                     prorrogable de forma automática por un periodo igual al primero, en los cuales las instituciones velarán porque los proyectos y programas se incorporen en sus respectivos presupuestos anuales institucionales.

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