CAPÍTULO IV
DEL SOFTWARE
Artículo 19.- Los funcionarios de
MIDEPLAN deberán utilizar únicamente el software instalado por Informática.
Cualquier software o aplicación que se autorice instalar por parte de Informática
deberá cumplir con la normativa nacional e internacional vigente en materia de
derechos de autor, propiedad intelectual, protección de marca y afines.
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