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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40308 >> Fecha 27/02/2017 >> Articulo 34
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40308 - Articulo 34
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Artículo 34
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Artículo 34.- El personal de Informática pondrá en funcionamiento herramientas de control que posibiliten detectar, analizar y bloquear accesos no permitidos (aquellos que no guarden relación con aspectos de trabajo), que puedan comprometer o poner en riesgo la seguridad de los recursos informáticos y que atenten contra su desempeño.


 

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