Artículo 3º - El Ministerio de Agricultura y Ganadería, a través del
Servicio Fitosanitario del Estado (SFE) y la Corporación Bananera Nacional (CORBANA),
serán los responsables de la elaboración de un plan de acción oficial para la
prevención de esta plaga, el cual deberá ser acatado por: la empresa privada,
las instituciones del sector público, así como los productores de musáceas.
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