Artículo 11- Se reforma el artículo 31 del Decreto Ejecutivo Nº
33080-MTSS-H del 26 de abril de 2006, Reglamento a la Ley Nº 7302,
"Creación del Régimen General de Pensiones con Cargo al Presupuesto Nacional,
de Otros Regímenes Especiales y Reforma a la Ley Nº 7092 de 21 de abril de 1988
y sus Reformas, Ley del Impuesto Sobre la Renta, publicada en la Gaceta 98 del
23 de mayo de 2006", para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera
"Artículo 31.-Prestación por vejez, invalidez y sobrevivencia.
Recabados todos los documentos, la Dirección Nacional de Pensiones, emitirá una
resolución interlocutoria en la que le informará al administrado que cuenta con
la documentación requerida para resolver la solicitud incoada y que a partir de
la notificación de esta resolución la Dirección Nacional de Pensiones. tendrá
un plazo de noventa días, para realizar el estudio técnico y emitir la
resolución respectiva. "
|