Artículo 4-Que los requisitos que se requieren para tramitar solicitudes de
otorgamiento, revisión, traspasos y/o sobrevivencias e inclusión en planillas
de pago de los Regímenes Contributivos con cargo al Presupuesto Nacional son:
• Pensión original, Regímenes Contributivos
Documentos que debe aportar la persona interesada:
1. Carta de solicitud.
2. Presentar documento de identificación, para efectos de que la
Dirección obtenga el respaldo documental del mismo (cédula de identidad en caso
de nacionales; DIMEX en caso de extranjeros).
3. Presentar Carné de Seguro Social (sólo extranjeros), para efectos de
que la Dirección obtenga la copia del mismo.
4. En caso de solicitud por invalidez:
a. Epicrisis o dictamen médico, llenar y firmar formulario de Solicitud
de Pensión por Invalidez, (anexo 1 de este Reglamento), en el Núcleo de
Servicios de la Información (ya que, si no ha sido declarado inválido debe
demostrar el estado de invalidez ante la Junta Médica de la Caja Costarricense
de Seguro Social para lo cual se le gestionará la cita correspondiente)
b. Iniciar proceso de insania en sede judicial (en caso de capacidad
mental disminuida o incapacidad para administrar bienes)
Documentos que debe recabar la Dirección Nacional de Pensiones:
1. Cuenta Cedular expedida por el Registro Civil
2. Certificación patronal que indique fecha de ingreso, puesto
desempeñado y el o los
salarios devengados debidamente desglosados, indicando cada uno de sus
componentes salariales con detalle, según corresponda del siguiente
modo:
a. Régimen General pensión ordinaria: últimos 24 salarios.
b. Régimen General pensión por invalidez: últimos 20 años de salarios.
c. Comunicaciones y Obras Públicas: últimos 12 salarios.
d. Hacienda y Registro Nacional: último salario mensual.
3. Certificación que acredite el tiempo de servicio laborado y cotizado
(emitida por:
Contabilidad Nacional, Caja Costarricense de Seguro Social, Archivo
Nacional, u
Oficina de Recursos Humanos de la totalidad de salarios devengados,
donde se
indiquen la cotización realizada al fondo de pensiones correspondiente)
4. Certificaciones que indiquen si es o no pensionado de la Caja
Costarricense de Seguro
Social
5. Certificaciones que indiquen si es o no pensionado del Magisterio
Nacional
6. Certificaciones que indiquen si es o no pensionado del Poder Judicial
7. Certificación que indique cuotas, montos y patronos tomados en cuenta
para el
otorgamiento de pensión, monto de pensión inicial y actual y rige del
beneficio (sólo
en caso de ser pensionado por la CCSS, Magisterio Nacional o Poder
Judicial).
8. En caso de solicitud por invalidez:
a. Copia certificada de la declaratoria de invalidez (si ya fue
declarado inválido
por la Caja Costarricense de Seguro Social)
• Traspaso y Sobrevivencia de pensión, Regímenes Contributivos:
Documentos que debe aportar la persona interesada:
1 . Carta de solicitud
2. Presentar documento de identificación, para efectos de que la
Dirección obtenga el respaldo documental del mismo ( cédula de identidad en
caso de nacionales; DIMEX en caso de extranjeros).
3. Presentar Carné de Seguro Social (sólo extranjeros), para efectos de
que la Dirección obtenga el respaldo documental del mismo.
4. Certificación de estudios actualizada del Centro de Estudios (en caso
de traspasos a hijos no inválidos, mayores de edad y menores de 25 años)
5. Rendir ante funcionario de esta Dirección Declaración jurada de tres
testigos (no familiares), a quienes conste la situación de convivencia de la
pareja y la dependencia económica con el fallecido y si conocen a persona con
mejor derecho (caso de traspaso a compañero(a)).
6. Rendir ante funcionario de esta Dirección Declaración Jurada del (de
la) solicitante de no separación (y/o convivencia) y dependencia económica del
(de la) causante y si conoce a persona con mejor derecho.
7. En caso de solicitud por invalidez:
a. Epicrisis o dictamen médico, llenar y firmar formulario de Solicitud
de Pensión por Invalidez, (anexo 1 de este Reglamento), en el Núcleo de
Servicios de la Información (ya que, si no ha sido declarado inválido debe
demostrar el estado de invalidez ante la Junta Médica de la Caja Costarricense
de Seguro Social para lo cual se le gestionará la cita correspondiente)
b. Iniciar proceso de insania en sede judicial ( en caso de capacidad
mental disminuida o incapacidad para administrar bienes)
8. Rendir ante funcionario de esta Dirección, Declaración jurada sobre
la dependencia económica con el causante y si conoce persona con mejor derecho
(caso traspaso a padre, madre, hermanos(as) u otros beneficiarios)
9. Certificación que acredite la tutela o curatela para representar al
solicitante (caso de menores de edad que no tengan padres y/o representantes o
mayores con discapacidad mental) (en estos casos la declaración jurada de
dependencia económica debe ser rendida por el representante)
Documentos que debe recabar la Dirección Nacional de Pensiones:
l . Cuenta Cedular expedida por el Registro Civil tanto del solicitante,
como del causante
2. Certificación de Matrimonio (Registro Civil)
3. Certificación de Estado Civil del ( de la) solicitante, que indique
estado de Viudez o Soltería (Registro Civil)
4. Certificación de Defunción del causante (Registro Civil)
5. Certificación de Nacimiento (Registro civil) (caso traspaso a
hijos(as) o hermanos(as) mayores de 55 años).
6. Certificación de Defunción de ambos padres (Registro Civil) (caso
traspaso a hijos(as) y si ambos padres han fallecido)
7. Certificación emitida por la Caja Costarricense de Seguro Social que
indique si cotizan o no como asalariados
o trabajador independiente (en caso de traspasos a hijos no inválidos, mayores
de edad y menores de 25 años y hermanos)
8. Certificaciones que indiquen si es o no pensionado de la Caja Costarricense
de Seguro Social (tanto del solicitante, como del causante)
9. Certificaciones que indiquen si es o no pensionado del Magisterio
Nacional tanto del solicitante, como del causante
1 O. Certificaciones que indiquen si es o no pensionado del Poder
Judicial tanto del solicitante, como del causante
11. Certificación que indique cuotas, montos y patronos tomados en
cuenta para el otorgamiento de pensión, monto de pensión inicial y actual y
rige del beneficio (sólo en caso de ser pensionado por la CCSS, Magisterio
Nacional o Poder Judicial).
12. Certificación de nacimiento del causante (caso traspaso a padre,
madre o hermanos(as))
13. Si el beneficiario labora para la Administración Pública, se
requiere certificación emitida por la institución para la cual labora que así
lo indique.
14. En caso de solicitud por invalidez:
a. Copia certificada de la declaratoria de invalidez (si ya fue
declarado inválido por la Caja Costarricense de Seguro Social).
Nota: En caso de sobrevivencia (causante no era pensionado) deben acreditarse
además los requisitos que corresponden a pensión original.
• Revisión de pensión, Regímenes Contributivos:
Documentos que debe aportar la persona interesada:
1. Carta de solicitud
Documentos que debe recabar la Dirección Nacional de Pensiones:
l . Certificación que acredite el tiempo de servicio laborado y cotizado
(emitida por: Contabilidad Nacional, Caja Costarricense de Seguro Social,
Archivo Nacional, u Oficina de Recursos Humanos de la totalidad de salarios
devengados, donde se indiquen la cotización realizada al fondo de pensiones
correspondiente)
2. Certificación patronal que indique fecha de ingreso, puesto
desempeñado y el o los salarios devengados debidamente desglosados, indicando
cada uno de sus componentes salariales con detalle, según corresponda del
siguiente modo:
a. Régimen General pensión ordinaria: últimos 24 salarios.
b. Régimen General pensión por invalidez: últimos 20 años de salarios.
c. Comunicaciones y Obras Públicas: últimos 12 salarios.
d. Hacienda y Registro Nacional: último salario mensual.
3. Certificaciones que indiquen si es o no pensionado de la Caja
Costarricense de Seguro Social (en traspasos debe ser tanto del solicitante,
como del causante)
4. Certificaciones que indiquen si es o no pensionado del Magisterio
Nacional (en traspasos debe ser tanto del solicitante, como del causante)
5. Certificaciones que indiquen si es o no pensionado del Poder Judicial
(en traspasos debe ser tanto del solicitante, como del causante)
6. Certificación que indique cuotas, montos y patronos tomados en cuenta
para el otorgamiento de pensión, monto de pensión inicial y actual y rige del
beneficio (sólo en caso de ser pensionado por la CCSS, Magisterio Nacional o
Poder Judicial).
7. Certificación de Estado Civil del (de la) solicitante, que indique
estado de Viudez o Soltería (Registro Civil) (sólo revisión de traspaso o
sobrevivencia)
8. Certificación de Matrimonio (Registro Civil) (sólo revisión de
traspaso o sobrevi vencía)
• Inclusión en Planilla Regímenes Contributivos:
Documentos que debe aportar la persona interesada:
1. Carta de solicitud
2. Certificación de la fecha de cese de funciones, emitida por la
institución para la que laboró (debe ser emitida en fecha posterior al cese).
3. Certificación de número de cuenta cliente emitida por la entidad
financiera que recibirá el depósito de la pensión.
4. Firmar boleta de autorización de deducción de la deuda al fondo de
pensiones completada.
5. Original del Entero de Gobierno entregado por la Institución
Bancaria, donde consta la cancelación de al menos el 50% de la deuda al fondo
de pensiones.
6. Certificación de estudios actualizada del Centro de Estudios (en caso
de traspasos a hijos no inválidos, mayores de edad y menores de 25 años)
Documentos que debe recabar la Dirección Nacional de Pensiones:
1. Certificaciones que indiquen si es o no pensionado de la Caja
Costarricense de Seguro Social.
2. Si el beneficiario labora para la Administración Pública, se requiere
certificación emitida por la institución para la cual labora que así lo
indique.
• Suspensión de pensión por reinserción laboral en los casos de
invalidez (Regímenes Contributivos):
Documentos que debe aportar la persona interesada:
1. Carta de solicitud
Documentos que debe recabar la Dirección Nacional de Pensiones:
1. En caso de que el pensionado se reincorpore a laborar al sector
privado, la Dirección Nacional de Pensiones lo remitirá a cita médica para que
se proceda con la valoración de parte de la Comisión Calificadora del Estado de
Invalidez, que será la que verifique que la nueva actividad laboral sea
diferente a aquella por la cual se declaró inválido al pensionado, que no
requiere el uso de las facultades afectadas y que no representa un riesgo para
su capacidad fisica o mental residual.
• Trámites del régimen de Magisterio Nacional:
Documentos que debe recibir la Dirección Nacional de Pensiones:
1. Expediente administrativo completo sustanciado por la Junta de
Pensiones y Jubilaciones de Magisterio Nacional, el cual será físico o digital,
según corresponda.
2. Resolución respectiva de la Junta Directiva de la Junta de Pensiones
y Jubilaciones de Magisterio Nacional.