Artículo 8-Que los requisitos que se requieren para tramitar Cobro de Diferencias
de jubilación y/o pensión o prejubilación de los Regímenes con cargo al
Presupuesto Nacional, correspondientes a periodos presupuestarios anteriores al
vigente, son:
• Cobro de diferencias de pensión ( excepto Magisterio Nacional):
Documentos que debe aportar la persona interesada:
1. Carta de solicitud
2. Certificación de número de cuenta cliente emitida por la entidad
financiera que recibirá el depósito de la pensión (en caso de que no conste en
el expediente).
Documentos que debe recabar la Dirección Nacional de Pensiones:
1 . Certificación de Contabilidad Nacional de los pagos recibidos por
concepto de pensión durante el período solicitado.
2. Certificación patronal que indique fecha de ingreso, puesto
desempeñado y su evolución (reestructuración, homologación, cambio de
nomenclatura, reclasificación, eliminación, requisitos) y el o los salarios
devengados debidamente desglosados, indicando cada uno de sus componentes
salariales con detalle (sólo regímenes contributivos en caso de que no conste
en el expediente).
• Cobro de diferencias del régimen de Magisterio Nacional:
Documentos que debe recibir la Dirección Nacional de Pensiones:
1. Expediente administrativo completo sustanciado por la Junta de
Pensiones y Jubilaciones de Magisterio Nacional.
2. Resolución respectiva de la Junta de Pensiones y Jubilaciones de
Magisterio Nacional.
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