2º—Modifiquese en el
apartado “Criterio 2.2: De mantenimiento de la condición disetánea del bosque
natural” para que se lean de la siguiente manera:
“Criterio 2.2: De mantenimiento de la condición
disetánea del bosque natural. El manejo forestal mantiene la estructura
disetánea y composición del bosque.
Valor de Referencia Máximo del porcentaje del
gremio de las especies heliófitas efímeras de la unidad de manejo sujeta a
aprovechamiento.
El bosque sujeto de aprovechamiento se
encuentra bajo un Valor de Referencia Máximo (VRMx) de abundancia del gremio de
las especies heliófitas efímeras. La abundancia de los árboles del gremio
ecológico conformado por las especies heliófitas efímeras no supera el 15% del
total de árboles arriba de 10 cm dap, con base en los resultados del inventario
por muestreo. Se utiliza la lista de especies codificadas por gremio ecológico
como base para la clasificación de estas especies, a partir de los resultados del
inventario por muestreo (Anexo 6). Para efectos del cálculo de este umbral y
como principio precautorio, se deben considerar como parte del gremio de
heliófitas efímeras los individuos señalados como especies desconocidas.”
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