Artículo 9°—Funciones de la Unidad de Servicios Ambientales y el
Departamento de Servicios Públicos. Es atribución y deber enmateria de gestión
integral de residuos sólidos, a través de su personal y en coordinación con
otras unidades municipales, de conformidad con su competencia, lo siguiente:
a) Ejercer la dirección y supervisión sobre los encargados de
Cuadrilla.
b) Administrar y fiscalizar la correcta prestación del servicio público
de manejo integral de residuos sólidos de competencia municipal objeto del
presente reglamento, ya sea ejecutado en forma directa o por concesión.
c) Establecer el registro de empresas y particulares autorizados para
la prestación de servicios de gestión integral de residuos sólidos, de
competencia municipal a que se refiere este reglamento.
d) Establecer y mantener actualizado el registro de los grandes
generadores de residuos sólidos de competencia municipal.
e) Organizar administrativa y operativamente el servicio público de
aseo urbano de competencia municipal y formular el programa anual del mismo de
acuerdo al Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos.
f) Realizar campañas de prevención y minimización, acopio, reúso,
recuperación y separación de los residuos valorizables contenidos en los
residuos sólidos de competencia municipal.
g) Implementar acciones y mecanismos preventivos a efecto de evitar que
se arrojen, derramen, depositen o acumulen residuos en espacios públicos que
pudieran causar daño a la salud, entorpezcan la libre utilización de los mismos
o perjudiquen la imagen urbana.
h) Fomentar entre las comunidades y empresa privada, la correcta
separación de los residuos sólidos de competencia municipal, en las fuentes de
generación.
i) Dar aviso a las autoridades competentes de la presencia de residuos
peligrosos y de manejo especial durante la prestación del servicio público de
recolección y aseo urbano de competencia municipal.
j) Establecer e informar a la población las rutas, horarios y
periodicidad en que se prestará el Servicio Público de aseo urbano de
competencia municipal.
k) Procurar la utilización de instrumentos y maquinaria de forma tal
que permita la optimización de sus funciones y recursos.
l) Prohibir la separación de los residuos en los camiones de
recolección o transporte de residuos sólidos.
m) Promover el establecimiento de centros de recuperación.
n) Mantener sistemas de datos detallados que integrarán el Sistema de
Información sobre la gestión integral de residuos, que contendrá la información
relativa a la situación local, los inventarios de residuos generados, la
infraestructura disponible para su manejo, las disposiciones jurídicas
aplicables a su regulación y control y otros aspectos que faciliten el logro de
los objetivos de la Ley y de los ordenamientos que de ella emanen.
o) Coordinar con otras autoridades municipales para la aplicación de
acciones conjuntas en la prevención y gestión integral de residuos sólidos de
competencia municipal.
p) Estimular y promover con la población las actividades necesarias
para el auxilio en la vigilancia y cumplimiento del presente reglamento.
q) Coordinar con las autoridades nacionales, en la vigilancia del
cumplimiento de la normativa vigente.
r) Coordinar con las autoridades nacionales para la ejecución de las
disposiciones legales aplicables en materia de residuos de manejo especial y
peligroso.
s) Coordinar las acciones con el Comité Interinstitucional del Plan
Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos para la implementación del
mismo.
t) Las demás facultades y atribuciones que otorgan el presente
ordenamiento y disposiciones legales aplicables.