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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 02/06/2017 >> Articulo 11
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 11
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Artículo 11
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Artículo 11.—Responsabilidades del generador.

1. Almacenar temporalmente los residuos generados en su casa o terreno de tal forma, que no causen ningún impacto ambiental y/o riesgo a su salud o de otras personas de la comunidad.

2. Colocar los residuos sólidos generados a partir de las 05:00 horas del día de la recolección, de tal forma que no causen impactos ambientales o de salud.

3. Colocar las bolsas conteniendo los residuos sólidos ordinarios a disposición del entre recolector, debidamente empacados de conformidad con las características de cada tipo de residuo, en un sitio de fácil acceso y recolección según las rutas y horarios establecidos por la municipalidad, evitando la obstrucción peatonal, vehicular y escorrentía de aguas pluviales.

4. Los residuos a ser recolectados tienen que estar dentro de bolsas o recipientes cerrados. Los recipientes desechables pueden ser bolsas plásticas o de características similares. Estas deberán cumplir con las siguientes condiciones:

a) Su resistencia deberá soportar la tensión ejercida por los residuos contenidos y por la manipulación.

b) Su capacidad no debe exceder los 25 kilogramos de peso.

c) Su color debe estar de acuerdo a: el rojo únicamente para residuos peligrosos, transparente para residuos valorizables o reciclable y para residuos no aprovechables cualquier color exceptuando los anteriormente mencionados.

d) Deberán poder cerrarse adecuadamente, de tal forma que estando cerrados no permitan la entrada de agua, insectos o roedores, ni el escape de líquidos.

e) Los recipientes reutilizables deberán ser de tal forma que estando cerrados no permitan entrada de agua, insectos o roedores, ni el escape de líquidos. Estarán hechos de material liso e impermeable que permita su lavado y limpieza; asimismo, su volumen y peso no deberán afectar la salud ni la seguridad de los trabajadores que los manipulen.

f) Los contenedores colectivos deben tener tapas superiores de un material duradero que resguarden los residuos de las inclemencias del tiempo y/o puertas laterales para que los operarios recolectores puedan extraer fácilmente los residuos. La limpieza de estos contenedores es responsabilidad de los usuarios del servicio.

g) Por condiciones de acceso, en sitios donde no transite el camión recolector quienes habiten a una distancia no menor a 250 metros, deberá trasladar sus residuos ordinarios al punto más cercano por donde para el camión recolector.

5. En las zonas donde la Municipalidad ofrece el servicio de recolección separada, de residuos valorizables, los mismos tienen que ser separados desde su generación y en puestos al servicio de la recolección, el día asignado para la recolección exclusiva de este tipo de material. La identificación del tipo de residuo (material valorizable, residuo sólido ordinario) tiene que ser facilitada por el recolector.

6. Los residuos valorizable tales como vidrio, papel, cartón, plástico y aluminio entre otros, deben ser entregados, en el horario establecido, secos  libres de residuos orgánicos. El ente recolector podrá modificar o establecer nuevas condiciones para su separación, embalaje y recolección, que será previamente a los usuarios en forma escrita.

7. Entregar sus residuos sólidos, separados en diferentes recipientes o colocarlos en el contenedor colectivo.

8. Los residuos punzo-cortantes deberán ser empacados individualmente, de tal forma que no constituyan un riesgo para la salud del personal recolector.

9. Colocar residuos en el suelo o en una canasta metálica de baja altura, al frente de su propiedad en la margen de la vía pública, preferiblemente con techo, o en un contenedor colectivo, de tal forma que no puedan ser alcanzados por los animales.

10. En zonas, donde se ofrece recipientes colectivos, el generador tiene que depositar sus residuos sólidos en el mismo, garantizando que serán cerrados después de su uso.

11. Mantener limpios los sitios con los contenedores o los recipientes en donde se disponen los residuos sólidos en espera de su recolección.

12. En caso que los residuos sean esparcidos en la vía pública por cualquier circunstancia antes de ser recolectados, el generador y el dueño del inmueble está en la obligación de recogerlos y depositarlos nuevamente en un recipiente adecuado.

13. El generador no debe colocar sus residuos directamente en el camión recolector, está labor puede ser realizada únicamente por los funcionarios encargados del servicio de recolección.

14. Si los residuos sólidos no fueron recolectados, por incumplimiento en el horario, por la peligrosidad de los mismos, por no corresponder a la categoría de residuos recolectados en ese día o por alguna infracción a lo establecido en este reglamento y la legislación vigente, el usuario deberá retirarlos de la vía pública de forma inmediata y mantenerlos dentro de su propiedad y disponerlos correctamente en la siguiente recolección.

15. Si la Municipalidad no ha establecido una ruta de recolección segregada de residuos valorizables periódica y cantonal, los usuarios deberán participar de las campañas de recolección de este tipo de residuos, llevarlos al centro de acopio comunal más cercano o a los centros de recuperación de materiales que la Municipalidad estará publicitando.

16. Los residuos generados del mantenimiento de áreas verdes o jardines (ramas, zacate, hojas, etc.), no se consideran residuos sólidos ordinarios, por lo que el generador no deberá colocarlo al servicio de recolección municipal y está en la obligación de darle un manejo adecuado a estos.

17. El conocimiento y acatamiento del presente reglamento son obligatorios para todos los usuarios del servicio de recolección de cualquier tipo de residuos, de manera que su desconocimiento nunca podrá ser utilizado como excusa para su incumplimiento o evitar las sanciones respectivas.


 

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