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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 02/06/2017 >> Articulo 23
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 23
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Artículo 23
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Artículo 23.—Método de disposición. El método de disposición de los residuos ordinarios reciclables debe ser avalado por el Ministerio de Salud y esta Municipalidad.


 

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