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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 02/06/2017 >> Articulo 25
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 25
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Artículo 25
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Artículo 25.—Ferias u otras actividades públicas. Los encargados de ferias, conciertos u otras actividades públicas que se efectúen en el cantón, a la hora de obtener los respectivos permisos municipales, deben presentar una copia del Plan De Gestión de Residuos Sólidos para el sitio, basado en los planes de manejo de residuos sólidos vigente, con el aval del Ministerio de Salud según su protocolo establecido.


 

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