CAPÍTULO III
De las atribuciones y obligaciones
municipales
Artículo 7°—Responsable de la GIRS. Para el cumplimiento e
implementación de este reglamento y de otra legislación nacional vigente en la
materia, la Municipalidad a través de la Gestión de Ordenamiento Territorial y
Servicios Públicos con la colaboración de la unidad de Servicios Ambientales,
serán las entidades responsables de la gestión de los residuos sólidos en el
cantón. La administración y el Concejo Municipal dotarán a estas dependencias del
personal técnico y profesional necesario, así como del presupuesto adecuado
para cumplir con sus funciones.
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