CAPITULO III
DSPOSICIONES SOBRE TRANSPARENCIA ACTIVA
Artículo 17— Publicación oficiosa de información pública.
Las instituciones públicas deberán publicar y mantener actualizada en su
respectivo sitio
web oficial, al
menos, la siguiente información pública:
1) Marco normativo que rige la gestión pública de la institución.
2) Estructura orgánica, competencias, obligaciones y servicios
brindados.
3) Directorio institucional.
4) Listado de funcionarios institucionales.
5) Horario de atención de la institución.
6) Descripción detallada de los servicios brindados al público y la
forma cómo estos se realizan.
7) Planes y presupuestos institucionales, así como su forma de ejecución
y evaluación.
8) Procesos para el reclutamiento y selección de personal.
9) Mecanismos y resultados del proceso de evaluación de desempeño de los
funcionarios.
10) Planillas con el salario bruto.
11) Plan anual operativo y planes estratégicos.
12) Memorias anuales y otros informes de gestión.
13) Informes de la Auditoría Interna sobre la gestión institucional.
14) Actas de los órganos colegiados establecidos por ley, salvo expresa
disposición legal.
15) Descripción clara y precisa de los trámites y requisitos que se
pueden llevar a cabo ante la institución.
16) Toda la información de las etapas de los procesos de contratación
administrativas de la institución.
17) Mecanismos de presentación de solicitudes de información,
peticiones, denuncias y sugerencias para el mejoramiento de la función de la
institución, así como cualquier otro medio de participación ciudadana.
18) Listado de los subsidios, becas, donaciones, exoneraciones o
cualquier otra transferencia o beneficio otorgado a personas particulares, sin
perjuicio de lo determinado en la Ley de Protección de la Persona Frente al
Tratamiento de sus Datos Personales, norma número 8968.
19) Informes de viajes, gastos de representación, costos de viajes,
pagos por concepto de viáticos de los funcionarios de la institución, entre
otros.
20) Cualquier otra información que fomente la transparencia y el control
en el ejercicio de la función pública.
La publicación de esta información atinente a la gestión de cada
institución será en formato abierto, interoperable y accesible.