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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 09/02/2017 >> Articulo 13
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 13
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Artículo 13
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Artículo 13º-Funcionarios y funcionarias responsables de velar por activos cuando se supriman unidades funcionales. En caso de supresión de alguna unidad funcional, el funcionario o funcionaria responsable de ella velará porque los activos asignados de la extinta unidad de trabajo se entreguen a la Unidad de Proveeduría Institucional, con copia a la Dirección Administrativa Financiera, para que se les asigne a esos bienes el mejor uso.


 

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