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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 09/02/2017 >> Articulo 14
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 14
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Artículo 14
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Artículo 14º-Unidad responsable de calcular la depreciación, el registro y la revaluación de activos. Corresponde a la Unidad de Proveeduría Institucional registrar y calcular la depreciación, de todos los activos de la Institución.


 

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