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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 09/02/2017 >> Articulo 20
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 20
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Artículo 20
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Artículo 20º-Unidad encargada de llevar control auxiliar de "software". La Unidad de Tecnologías de Información llevará un control auxiliar de la adquisición de "software•.


 

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