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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 09/02/2017 >> Articulo 31
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 31
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Artículo 31
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Artículo 31º-Control de ingreso y salida de activos de las instalaciones de la Institución. El ingreso y la salida de bienes propiedad de los funcionarios y funcionarias a las instalaciones de la Institución, se consignará en el formulario correspondiente, de lo contrario el dueño no podrá retirarlos de la Institución, a menos que demuestre que efectivamente son de su propiedad.


 

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