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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 09/02/2017 >> Articulo 33
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 33
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Artículo 33
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CAPITULO VI

De la adquisición, fijación de placa y traslado de activos

Artículo 33°-Necesidad de compra de bienes. Para tramitar la compra de bienes, el solicitante debe hacerlo mediante una Solicitud de Compra de Bienes y Servicios debidamente justificada en Ia Decisión Inicial y debidamente firmada por él solicitante y por la jefatura autorizada para ello, indicando las características y descripción del bien y toda la información propia de la solicitud, todo según el Reglamento de Contratación Administrativa.


 

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