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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 09/02/2017 >> Articulo 5
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 5
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Artículo 5
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CAPITULO II

De la responsabilidad de los funcionarios y funcionarias

Artículo 5°-Derecho de los funcionarios y funcionarias a contar con mobiliario y equipo y del Comité de Información de las Organizaciones de Personas con Discapacidad (COINDIS). Todo funcionario y funcionaria del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad y el coordinador vigente del Comité de Información de las Organizaciones de Personas con Discapacidad (COINDIS), tiene derecho a recibir, por un plazo indefinido y en buen estado físico, de funcionamiento y de conservación, el mobiliario y el equipo necesarios para el cumplimiento de sus labores. Asimismo tienen la responsabilidad por el correcto uso y cuido de esos bienes.


 

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