TRANSITORIO II. Si en el momento de la renovación del registro
sanitario no se han agotado las etiquetas impresas, debe presentar para la
renovación del registro, el proyecto de etiqueta según los requisitos
establecidos en este reglamento, aunque pueda continuar utilizando las
etiquetas impresas hasta que se cumpla el período de los cinco años dado en el
Transitorio 1.
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