ARTÍCULO 7.- Se reforman los incisos b) y k) del artículo 146 de la Ley N.° 9078.
Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, de 4 de octubre
de 2012. Los textos son los siguientes:
"Artículo 146.- Multa categoría D
[…]
b) Al conductor que
irrespete las señales de tránsito fijas, verticales u horizontales, y las
indicaciones de la autoridad de tránsito, siempre que no exista una sanción
superior distinta.
[…]
k) Al conductor que
opere un taxi, servicio especial o servicio especial estable de taxi en demanda
de pasajeros en zonas no autorizadas.
|