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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40386 >> Fecha 20/03/2017 >> Articulo 39
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40386 - Articulo 39
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Artículo 39    (No vigente*)
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CAPÍTULO VII

EJECUCIÓN DE ESTUDIOS DE AUDITORÍA Y

COMUNICACIÓN DE RESULTADOS

Artículo 39—Servicios de la Auditoría Interna. La Auditoría Interna, dentro de sus competencias, debe realizar diferentes tipos de auditoria, incluidos auditoría financiera, operativa, de seguimiento y de carácter especial, las relaciones de hechos, la atención de denuncias, preparar los planes de trabajo, y mantener debidamente actualizado el reglamento de organización y Funcionamiento de la auditoría interna.

Además, los servicios preventivos, que comprenden la asesoría al Tribunal en materias de su competencia, sin perjuicio de las asesorías que en esas materias, a criterio del Auditor corresponda a otros niveles del TRA; los servicios de advertencia, que han de ser por escrito a la Administración activa que se fiscaliza y las autorizaciones de libros.

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