Artículo 43—Procesamiento de la información. Los funcionarios de la
Auditoría Interna deben identificar, analizar, evaluar y registrar suficiente
información de manera tal que les permita cumplir con los objetivos del
trabajo. Además, deben identificar la información suficiente, confiable,
relevante y útil; fundamentando sus hallazgos, conclusiones, recomendaciones y
demás resultados del trabajo en adecuados análisis y evaluaciones.
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