Artículo 45—Campos de acción. Los trabajos de auditoría o de estudios
especiales abarcarán todas las actividades institucionales, incluyendo las
funciones administrativas, financieras, contables, presupuestarias, movimiento
e inversión de recursos, deuda, obligaciones, desembolsos y gastos en general y
todas las que apliquen un cambio en el patrimonio del TRA y de los servicios
que presta.
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