Artículo 11.—Para ingresar a todas las modalidades del sistema
educativo, se establece como requisito indispensable para la matrícula, las
siguientes edades mínimas:
a) Ciclo Materno Infantil, Grupo Interactivo II de la Educación
Preescolar: edad mínima de cuatro años cumplidos al 15 de febrero del curso
lectivo en que se desea matricular.
b) Ciclo de Transición de la Educación Preescolar: edad mínima de cinco
años cumplidos al 15 de febrero del curso lectivo, donde se desea matricular.
c) Primer año del Primer Ciclo de la Educación General Básica: edad
mínima de seis años cumplidos al 15 de febrero del curso lectivo que se desea
matricular.
d) Colegio Nacional Virtual Marco Tulio Salazar; edad mínima de quince
años cumplidos al inicio del periodo lectivo que se desea matricular. En este
programa, no podrán matricular jóvenes con edades superiores a los 18 años,
salvo aquellos que hubieren estado previamente matriculados en este programa
antes de cumplir esa edad.
e) Institutos Profesionales de Educación Comunitaria (lPEC), y Centros
Integrados de Educación de Adultos (CINDEA): edad mínima de quince años
cumplidos al inicio del período lectivo que se desea matricular.
f) Colegios y Escuelas Nocturnas: edad mínima de quince años cumplidos
al inicio del período lectivo que se desea matricular.
g) En la Sección Técnica Nocturna: edad mínima de 15 años y la Educación
General Básica concluida.
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