Artículo 11.-Para
ingresara todas las modalidades del sistema educativo, se establece como
requisito indispensable para la matrícula, las siguientes edades mínimas:
a) Ciclo Materno Infantil,
Grupo Interactivo II de la Educación Preescolar: edad mínima de cuatro años
cumplidos al 15 de febrero del curso lectivo en que se desea matricular.
b) Ciclo de Transición
de la Educación Preescolar: edad mínima de cinco años cumplidos al 15 de febrero
del curso lectivo, donde se desea matricular.
c) Primer año del Primer
Ciclo de la Educación General Básica: edad mínima de seis años cumplidos al 15
de febrero del curso lectivo que se desea matricular.
d) Colegio Nacional
Virtual Marco Tulio Salazar: edad mínima de quince años cumplidos al inicio del
periodo lectivo que desea matricular. En este programa, no podrán matricular
jóvenes con edades superiores a los 18 años, salvo aquellos que hubieren estado
previamente matriculados en este programa antes de cumplir esa edad.
e) Institutos
Profesionales de Educación Comunitaria (IPEC), y Centros Integrados de
Educación de Adultos (CINDEA): edad mínima de quince años cumplidos al inicio
del periodo lectivo que se desea matricular.
f) Colegios y Escuelas Nocturnas:
edad mínima de quince años cumplidos al inicio del periodo lectivo que se desea
matricular.
g) En la Sección Técnica
Nocturna: edad mínima de 18 años cumplidos al inicio del curso lectivo que
desea matricular.
(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo
N° 41048 del 20 de marzo de 2018)
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