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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40548 >> Fecha 12/07/2017 >> Articulo 121
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40548 - Articulo 121
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Artículo 121
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Artículo 121.- Programa de educación ambiental. Los programas de educación ambiental de los acuarios deben apoyar la conservación de las especies y ecosistemas marinos o acuáticos a los que pertenecen los especímenes silvestres que se mantienen en sus programas. Deben incluir, entre otros aspectos, acciones cotidianas que pueden realizar los visitantes para ayudar a la conservación de la vida silvestre marina o acuática de nuestro país.


 

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