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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40548 >> Fecha 12/07/2017 >> Articulo 188
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40548 - Articulo 188
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Artículo 188
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Artículo 188.- Designación de inspectores de vida silvestre CITES. Con el fin de cumplir con lo establecido en la Resolución 12.3 (Rev. CoP15) de CITES, se designan como Inspectores de Vida Silvestre CITES a los funcionarios aduanales del Ministerio de Hacienda, del SENASA y SFE que se encuentren acreditados y en funciones en los puntos de entrada y salida del país, dentro del marco de sus competencias.


 

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