Artículo 61.- Costos de los procesos. Todos los gastos incurridos en estas
actividades deberán ser asumidos por el centro de rescate a cargo de la
reinserción. El SINAC podrá suscribir convenios de cooperación con centros de
rescate, cuando estos apoyen la conservación de las especies prioritarias,
amenazadas o con interés particular en su manejo y conservación por parte del
Estado.
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