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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40548 >> Fecha 12/07/2017 >> Articulo 172
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40548 - Articulo 172
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Artículo 172
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Artículo 172.- Prohibición para la importación de algunos especímenes de vida silvestre. No se autorizará la importación de especímenes de especies que hayan sido identificadas como invasoras, plagas o representen algún peligro que pueda afectar a especies nativas, ecosistemas naturales del país o para la salud humana o animal. Tampoco se autorizará el ingreso de especímenes incluidos en los listados de especies exóticas invasoras.


 

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