Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40548 >> Fecha 12/07/2017 >> Articulo 205
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 205     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 40548 - Articulo 205
Ir al final de los resultados
Artículo 205
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 205.- Honorarios de regencia. Toda relación de regencia que contemple horarios y honorarios será negociada libremente entre las partes. El Colegio Profesional correspondiente establecerá las tarifas mínimas que los colegiados deberán cobrar.


 

Ir al inicio de los resultados